Tratamiento de aguas negras

En los últimos años, la investigación sobre el derecho humano al agua y al saneamiento ha cobrado relevancia. Este derecho se ha ido posicionando poco a poco, en la legislación internacional y, que en este caso es de nuestro mayor interés, en la legislación mexicana. Es además importante mencionar como dicho posicionamiento ha sido aplicado en diversos sectores de la población. Se ha discutido este tema a nivel internacional ya que se cuestiona en qué medida el tener acceso al agua limpia, ayuda a disminuir la pobreza y a aumentar el bienestar de las personas.

Garantizar el Derecho Humano al Agua no es suficiente, el saneamiento también es necesario. Es necesario crear conciencia y aprender lo que le corresponde a los gobiernos y a las personas.

El número de personas que no tienen acceso a servicios de saneamientos mejorados asciende a 18.2 millones. Esto quiere decir que, en México, millones de personas no tienen acceso al agua potable ni al servicio de alcantarillado; así como tampoco tienen acceso al tratamiento de aguas negras.

Fue hasta Julio de 2010 que la ONU reconoció, explícitamente, el derecho humano al agua y al saneamiento. En el documento publicado por la ONU respecto a este tema, se expresa que el tratamiento de aguas negras así como el agua potable y limpia son esenciales para la vida y para la realización de todos los derechos humanos. Dicho documento, debe servir de guía para que los gobiernos y organizaciones internacionales establezcan las acciones necesarias para garantizar este derecho.

Actualmente, sólo ocho países reconocen el derecho al saneamiento en sus Constituciones y/o leyes nacionales. Estos países son: Uruguay, Sudáfrica, Honduras, Bolivia, Argelia, Bangladesh, Kenia y Sri Lanka. Algunas legislaciones incluyen obligaciones por parte del Estado para asegurar el saneamiento y la higiene. Esto ocurre, por ejemplo, en Colombia, Ecuador, Irán, Madagascar, Mauritania, Mozambique, Indonesia, Ucrania y Armenia. En India y en Bangladesh, incluso se ha establecido que el derecho al saneamiento forma parte del derecho a la vida.

Nuestra salud y el bienestar de las comunidades en las que vivimos depende en mucho del Derecho Humano al Saneamiento. Un dato interesante presentado por la ONU es el siguiente: Aunque el saneamiento y el tratamiento de aguas negras puede llegar a ser costoso, los costos de las consecuencias por no tener servicios de saneamiento llegan a ser, incluso, nueve veces mas altos.

Los requisitos que se deben de cumplir para poder afirmar que una persona esta gozando plenamente del Derecho Humano al Saneamiento son los siguientes:

  • Seguridad: Se refiere al poder ir al baño en un ambiente privado, seguro y digno. Debe de existir agua para la higiene personal, así como el que sean eliminadas de forma segura las aguas residuales, evitando que las personas entren en contacto con ellas.
  • Accesibilidad física: Consiste en que todos (incluyendo ancianos, enfermos y personas con discapacidad), puedan acceder sin ninguna dificultad a los servicios sanitarios. Esto implica que los servicios relacionados con los sanitarios como lo son coladeras, desagües, tratamiento de aguas negras, entre otros, existan y estén en completo funcionamiento.
  • Asequibilidad: Es decir que, independientemente del ingreso económico de la persona, el acceso y mantenimiento de los servicios de saneamiento y tratamiento de aguas negras no deben significar costos económicos altos tales que lleguen a hacer necesario el sacrificar la compra de alimentos, educación y salud.
  • Adecuación Cultural: Es evidente que no todas las personas usan los mismos tipos de excusados; incluso, hay gente que no los utiliza. Este punto se refiere a que las personas no se nieguen a usar los sanitarios o letrinas pues es por el bien de su salud y la de su familia.

El que no exista saneamiento limita el desarrollo de los pueblos y de las comunidades. El saneamiento sigue siendo un problema en México. Es por esto que es importante entender que gobiernos y personas deben de trabajar en el mejoramiento de esta situación.

En México fue hasta febrero de 2012 que se estableció en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento. El artículo 4° dice lo siguiente:

“Todas personas tienen derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos.”

Establece la participación de la Federación, las entidades federadas y los municipios, así como la participación ciudadana.

Para ejercer este derecho se necesitan dos elementos principales; uno son los gobiernos, que firman acuerdos y que deben hacer todo por cumplirlos. El otro elemento son las personas.

Un importante factor a tomar en cuenta consiste en el hecho de que el tener acceso al agua limpia y al tratamiento de aguas negras permite, por más increíble que parezca, superar la pobreza. Este simple hecho permite dedicar más tiempo a otras actividades. De igual forma al tener agua limpia para beber, mejoran las condiciones de salud de las personas.

En México la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha protegido el Derecho al Agua pues ha conseguido que los municipios y ciudades den agua a quien no la tiene mediante un pago acorde con sus posibilidades económicas.

Es importante entender que el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento no implica que el suministro deba de ser gratuito, pues la construcción de infraestructura y el tratamiento de aguas negras tienen un costo. Sólo deben de ser gratuitos cuando la persona o las familias en realidad no puedan pagar por el servicio. Como ciudadanos, debemos de contribuir con el pago de los servicios relacionados con el agua y su saneamiento para tener un servicio de calidad. Para construir más obras hidráulicas donde no las hay, como las plantas de tratamiento que evitan la contaminación del agua.